Según las disposiciones de la normativa del Impuesto sobre la Renta en Venezuela, la inscripción de la vivienda que utilizamos como hogar o residencia habitual ante el SENIAT, es conocida como Registro de la Vivienda Principal.
El cumplimiento de esta norma, genera un beneficio asociado a las ganancias brutas de los contribuyentes, específicamente en los tributos a honrar por los inmuebles.
Como por ejemplo, en los casos de enajenación del inmueble, el monto generado por la operación, no será incluido en los ingresos brutos de las personas naturales.
El SENIAT como ente responsable de los tributos, es quien mantiene la data maestra sobre todos los contribuyentes.
Además de ofrecer a todos los ciudadanos, servicios presenciales o electrónicos, que faciliten y puedan requerir para oficializar y cumplir con las normas previstas.
Para el disfrute de los beneficios asociados con la exención y rebajas de los impuestos respectivos.
Pasos a seguir
Para la consulta sobre el registro de Vivienda Principal, se debe asistir a la oficina del SENIAT que corresponda, según la ubicación del inmueble de nuestro interés:
- Acceder a la página web del Seniat
- Descargar el formato sobre la Consulta de de Registro de Vivienda Principal.
- Completar los datos solicitados
- Anexar los documentos de catastro, títulos de propiedad, escrituras, etc. que identifiquen el inmueble.
- Además la copia de los documentos de identidad del o los propietarios
Las horas de atención para los trámites sobre Vivienda Principal, en la región capital, son en la mañana y según el último número de la cédula de identidad, corresponde un día de la semana:
- Para los que finalizan en uno y seis, les corresponde el lunes
- Los de dos y siete, el martes
- Mientras que los de tres y ocho, asisten el miércoles
- Los días jueves atienen el cuatro y el nueve.
- Y finalmente el día viernes, les corresponde al cinco y cero.
Registro de Vivienda Principal?
En la Ley de Impuesto Sobre la Renta, en el artículo 17 y especificado en el Artículo 194 de su respectivo Reglamento, se dispone que el efectivo Registro de Vivienda Principal, es un beneficio para las personas naturales contribuyentes, en virtud de la enajenación de un inmueble.
Estas personas naturales para disfrutar del beneficio, deben ser residentes en Venezuela, además ser propietarias del inmueble donde reside o vive permanentemente, ocupando el mismo como su hogar o vivienda.
Para obtener el debido Registro, el inmueble debe ser inscrito en el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria, mejor conocido por sus siglas como SENIAT.
Según el procedimiento y modo que el Seniat divulgue a sus contribuyentes.
Cuando el propietario desee vender el inmueble que tiene declarado en el Registro de Vivienda Principal, se le exonera del pago del Impuesto Inmobiliario. El cual está estipulado por la normativa en un 0,5 por ciento del valor de venta.
Adicionalmente, el monto proveniente de dicha operación no es incluido en el total de ingresos brutos de las personas naturales, siempre y cuando se cumpla con la exigencia que el inmueble le haya servido de vivienda principal.
Y que dicho contribuyente invierta en un periodo no mayor de dos años, el monto total o una porción del producto de la venta en otro inmueble.
Se debe realizar la inscripción del nuevo inmueble, que será como un sustituto del anterior bien y pasará a convertirse en vivienda principal.
En estas operaciones de registros de vivienda principal, están exentos los contribuyentes mayores de sesenta años.
El lapso es contado desde la fecha en la que se efectúa la enajenación o dentro del año previo a ésta.
Tramitar el registro de vivienda principal?
En cumplimiento del artículo 195 del Reglamento del ISLR, los propietarios cuentan con un año para realizar el registro de su inmueble como una Vivienda Principal.
Este tiempo comienza desde la fecha en habitarlo.
Ubicar la oficina del SENIAT correspondiente, según el lugar donde está ubicado el inmueble a registrar.
Las personas habilitadas para realizar esta gestión, son:
- El dueño del inmueble. Cuando son varios copropietarios, uno de ellos puede tramitar el registro.
- Una persona apoderada, con la respectiva copia del poder y la copia de la cédula de identidad
- Y una persona autorizada, con su autorización y la fotocopia de cédula de identidad
Se debe presentar la planilla de ““Solicitud Registro de Vivienda Principal”.” correspondiente, acompañada de los recaudos generales, a saber:
- De todos los propietarios la copia la cédula de Identidad
- La Copia del RIF o registro único de información fiscal vigente de todos los propietarios.
- El título de propiedad del inmueble, en copia y con conformidad en el registro respectivo.
- Los Timbres fiscales por un valor de 0,02 Unidades Tributarias, según la tasa vigente.
- En caso que aplique, la respectiva Autorización o poder, además de una copia de su cédula de identidad.
- Una carpeta de fibra marrón, tamaño oficio con gancho.
Según la condición del solicitante del registro, existen otros recaudos adicionales a ser presentados en fotocopia, como:
Propietario menor de edad
- Partida de nacimiento, cedula y Rif, si los posee
- El documento que certifique al representante legal y su RIF actualizado.
Por Titulo Supletorio
- El titulo supletorio y documento de terreno, registrados
En Matrimonio
- El acta de concubinato o certificado de matrimonio.
En Divorcio
- El documento que certifique la disolución del concubinato o la declaración del divorcio.
- El Caso registrado de la liquidación de comunidad conyugal
Por sucesión
- La declaración sobre la sucesión y la respectiva solvencia.
Anulación del registro de vivienda principal
Para realizar la anulación del Registro de Vivienda Principal, debemos:
- Ingresar al Portal del Seniat
- Ubicar Servicios al Contribuyente
- Luego Formularios/Formularios Electrónicos
- Ubicar Solicitud de Constancia de Registro de Vivienda Principal
- Descargar e imprimir la planilla y marcar la opción de Anulación
- Completar los datos requeridos
- Reunir los documentos según la condición que motiva la anulación
Asistir a la oficina de tributos internos que le corresponda según la ubicación del inmueble en cuestión.
Los Recaudos a presentar para la anulación del Registro Principal según cada condición:
Por Divorcio, en copias: la sentencia de divorcio y la liquidación de comunidad conyugal registrada.
Fallecimiento: la declaración de la sucesión y la correspondiente solvencia, en copia.
A causa de Desastre Natural: el reporte emitido por el cuerpo de bomberos y la constancia de la respectiva alcaldía.
Motivado por el Cambio de Domicilio: el original o una copia certificada del registro de la vivienda principal que se va a anular.
Por la Venta del Inmueble: el documento de la venta del inmueble, en copia.